Realizar la transferencia de mi coche en DGT
Transferencia de coches en DGT
Vender un coche no resulta tan sencillo. Detrás de la venta de vehículos hay una serie de trámites y gestiones a llevar a cabo para que la transacción sea completamente legal y evitarnos así problemas o disgustos derivados de la venta de nuestro coche.
Cuando vendemos un coche, es importante asegurarnos de cambiar el nombre de propietario, su empadronamiento y notificarlo a su vez a la Dirección General de Tráfico para que quede constancia de ello. De lo contrario podemos encontrarnos con sorpresas de mucha índole, como tener multas a nuestro nombre tras haber consumado la venta del coche.
Transferencia de coches, ¿Particulares o concesionarios especializados?
Hay muchas fórmulas para vender coches, estas pueden realizarse entre particulares o bien en un concesionario especializado, a la hora de decidir cual nos conviene, es importante que tengamos en cuenta las diferencias, a continuación os las mostramos:
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¿Me interesa vender a particulares?
En el caso de transferencias entre particulares, hemos de valorar que simplemente el hecho de encontrar un comprador ya conlleva un importante trabajo. Para empezar, lo primero es realizar un contrato de compraventa donde se especifican todos los detalles de la transacción, todo lo correspondiente al vehículo, al vendedor y al comprador. En él deben aparecer todos los datos al completo del comprador y del vendedor, así como la hora exacta (incluidos los minutos) de la venta, la marca, el modelo y matrícula, etc...
Tendrás que de recibir la notificación del cambio de titularidad por parte del comprador en el plazo de 15 días, si eso ocurre, tendrás que dirigirte a la Jefatura de Tráfico (DGT) para realizar un trámite de notificación de la venta. También puedes realizar tú mismo dicho trámite tras la venta del coche, así quedarás exento de cualquier responsabilidad.
- Con todo esto debemos completar otros pasos:
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Acudir a la oficina de hacienda de la comunidad sutónoma pertinente y aportar toda la documentación antes descrita y pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620).
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Tras esto, hay que solicitar cita previa en la Dirección general de tráfico (DGT), imprescindible para cualquier trámite y acudir a pagar las tasas presentando el impreso de Solicitud de cambio de titularidad, DNI y permiso de circulación. Con todo realizado, La dirección general de tráfico (DGT) expedirá un nuevo permiso de circulación que sólo será válido si la ITV está en vigor
- Casos particulares para poder realizar la transferencia de vehículos en DGT
¿Cómo realizar la transferencia cuando el propietario ha fallecido? Para poder hacerlo, primero debemos ser los propietarios del vehículo y eso obliga a realizar una transferencia. Para solicitarla necesitamos el certificado de defunción del propietario del coche y el certificado de últimas voluntades, que ha de ser solicitado a los 15 días hábiles tras la muerte del dueño del vehículo. También será necesario presentar, la liquidación del impuesto de sucesiones, en la que debe figurar el coche y ya por último, el documento de aceptación, partición y adjudicación de la herencia. Es muy recomendable para transferencias de coches entre particulares acudir a una gestoría evitándonos todos los trámites enumerados hasta ahora, aunque ello lógicamente, conlleva unos costes añadidos.
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Porqué vender a un concesionario especializado
Todos estos pasos son los que debemos llevar a cabo si se trata de una transferencia entre particulares. Pero si decidimos vender nuestro coche a un profesional, podemos despreocuparnos desde el mismo momento en que tomamos la decisión de venderlo. Para empezar, podemos conocer el valor de nuestro coche con calculadoras de tasación, como la de Vendermicoche.es. También podemos despreocuparnos de las tediosas gestiones para encontrar un comprador, pero lo mejor, podemos olvidarnos de todos los trámites necesarios para las transferencias de coches.
Los concesionarios especializados en compraventa de coches serán los encargados de realizar todos los tramites, incluida la transferencia de coches en DGT. Por tanto, sólo tendríamos que firmar el contrato de compraventa donde solo deben figurar nuestros datos y los del coche y los concernientes a la empresa (incluido el CIF).
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